http://bit.ly/KDZLGf Tu Retiro Tiene un Futuro Incierto ~ Alfaro Consultores Patrimoniales

27 de julio de 2017

Tu Retiro Tiene un Futuro Incierto



Desde 1917 la pensión es un derecho constitucional. Sin embargo, en el marco de un aumento de la población de adultos mayores y más esperanza de vida, se hace insostenible porque actualmente hay 10.8 millones de pensiones cuyo pago demanda el 15.5 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación y el 3.7 por ciento del PIB nacional. Para 2020, calcula la Secretaría de Hacienda, será de 4.4 por ciento del PIB.

A partir del año 2037 la mayor parte de la población en México tendrá más de 40 años y para 2052 las personas de más de 60 años serán predominantes, según una proyección elaborada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).

Actualmente, la tasa promedio de mortalidad de los mexicanos es de 74.89 años, pero para 2030 ésta habrá crecido hasta 79.61 años y para 2050 habrá llegado a 85 años.

El problema de la vejez en México está ya a la vuelta de la esquina llegando a la cúspide del GRAN PROBLEMA entre los años 2030 y 2040 donde materialmente será imposible sostener los sistemas de pensiones por tanta persona que se encontrará en el estado de vejez en México y en cesantía.

En el IMSS son dos los regímenes de pensión que existen, el de 1973 y el de 1997. En el primero están todos aquellos que cotizaron hasta el primero de julio de 1997; el segundo grupo se integra con las personas que se incorporaron al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) después de esa fecha.

Para pensionarse con el Régimen de 1973, se requiere tener por lo menos 500 semanas de cotización y tener 60 años para tener una Pensión por Cesantía, y recibir el 75 por ciento del Salario Base de Cotización (SBC) de los últimos cinco años laborados.

Para recibir el 80 por ciento del SBC, se requiere llegar a los 61 años; 85 por ciento, 62 años; 90 por ciento, 63 años; 95 por ciento, 64 años; y 100 por ciento con 65 años, donde se otorga una Pensión por Vejez.

Las pensiones y jubilaciones para los trabajadores que empezaron a laborar y cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, están regidas por la Ley del Seguro Social de 1973, este sistema de pensiones se financia con las aportaciones de los trabajadores, el patrón y el gobierno federal, en lo que se conoce como régimen tripartito.

El nuevo régimen de pensiones que se instituyó en México en julio de 1997 requiere del trabajador un mínimo de mil 250 semanas de cotización, tener de 60 a 64 años para obtener una Pensión por Cesantía, y 65 años para obtener una Pensión por Vejez. En este caso, los recursos que reciba el trabajador serán los que haya acumulado en su cuenta individual de ahorro para el retiro que administran las Afores.

El cálculo del monto a recibir se realiza con base en la "Tasa de Reemplazo" (TR), un indicador que permite determinar el monto a recibir al momento del retiro y si es adecuado a las expectativas de cada persona.

La tasa de reemplazo hace referencia a la relación entre el nivel de la pensión y cierto nivel de ingresos (por ejemplo, el último salario), se le suele presentar como el porcentaje que representa la pensión sobre el ingreso percibido por el trabajador.

La tasa de reemplazo ideal sería del 100 por ciento, una pensión idéntica a los ingresos durante los días en nómina. Eso, desde luego es inviable. Además, se debe considerar que las necesidades de consumo de los seres humanos se modifican una vez que dejan la trinchera laboral. Durante el retiro laboral, suelen incrementarse conceptos como los gastos médicos. En cambio, gastos otrora frecuentes tienden a disminuir o incluso a desaparecer: el transporte, los gastos en guardarropa, el desembolso para educación de los hijos, acabar de pagar la casa, etcétera.

No hay un consenso acerca de la tasa de reemplazo ideal, pero a nivel internacional se maneja que una razonable se ubicaría entre un 50 y un 70 por ciento del último salario.

Con los salarios devengados por los trabajadores, el escaso ahorro voluntario y lo limitado de los rendimientos obtenidos por la inversión de esos recursos, jamás se podrá aspirar a una pensión digna, pues las tasas de reemplazo previstas hoy en día, con el actual sistema, no sobrepasa al 28 por ciento del último salario del empleado, previo a su retiro laboral.

Un trabajador que a la fecha de su retiro por el nuevo sistema de pensión devenga un salario mensual de 10 mil pesos, tendrá una pensión de entre un 25 y 28 por ciento (entre dos mil quinientos y dos mil ochocientos pesos) como máximo.

Para los trabajadores que se encuentren en el régimen de 1973 el IMSS será el que pague la pensión, mientras que para los del régimen 1997, dicha institución indicará el tipo de pensión a la que aplica el trabajador: Renta Vitalicia, Retiro Programado o Pensión Mínima Garantizada (PMG). Si no se cumple con las 1 mil 250 semanas cotizadas (cerca de 24 años) se recibirá el total del saldo de la cuenta individual como pago único y la responsabilidad de administrarlo será de la persona.

En la Renta Vitalicia, se contrata a una aseguradora y se paga un monto mensual al pensionado durante toda la vida; el Retiro Programado, es por medio de la contratación de una Afore, y se obtiene un monto mayor a la primera opción, por lo que se deben tener recursos suficientes en la cuenta individual de ahorro para el retiro.


 Por último, la Pensión Mínima Garantizada es aquella cuando se tiene derecho a una pensión, pero los recursos acumulados en la Afore no son suficientes para contratar una de las dos primeras opciones. Esta Pensión Garantizada será equivalente a un salario mínimo general vigente en la Ciudad de México y será actualizada anualmente en el mes de febrero, conforme al Índice Nacional de Precios y Cotizaciones (INPC).

La cuenta de AFORE se forma también de recursos provenientes de una contribución tripartita. Una cantidad se aporta del descuento que se le hace al trabajador de su salario, otra cantidad la aporta su patrón y otra cantidad más la aporta el Gobierno. Con dichas aportaciones se crea un fondo de ahorro (cuenta individual), el cual lo ponen a trabajar (invertir) desde el primer día a través de  empresas privadas facultadas para esto, que se conocen como Sociedades de Inversión Especializada en Fondos de Ahorro para el Retiro (SIEFORE) y le generan un rendimiento al trabajador, pero estas instituciones privadas invierten, disponen y deciden el uso de los ahorros del trabajador sin consultar a éste, y ni siquiera informan en qué instrumentos financieros se hacen las inversiones.

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), advirtió en octubre de 2015 que México debe implementar reformas a su sistema de pensiones para garantizar su funcionalidad en el largo plazo ante el envejecimiento de la población.

El organismo internacional, que preside, el economista mexicano José Ángel Gurría, propone para revertir la actual situación de las pensiones en el país, el aumentar gradualmente la tasa de contribución obligatoria, ya que los montos que recibirán los trabajadores que se retiren con el esquema actual, serán bajos.

La OCDE señaló que, para garantizar un nivel de ingreso de más del 50 por ciento del último salario de los trabajadores, se requiere de una contribución obligatoria de entre 13 por ciento a 18 por ciento frente al 6.5 por ciento actual.

El problema empeora ya que más del 50 por ciento de la población está en la informalidad y son trabajadores que no están dentro de ningún esquema de pensiones ni ahorra para su retiro.

De los países que conforman la Organización para la Cooperación del Desarrollo Económico, México es el que tiene la cobertura más baja en sistema de pensiones, con sólo 33.1 por ciento de su población con seguridad social.

Ahora que conoces cual es la situación actual del SAR y cómo te afectará durante tu etapa de retiro laboral, ¿Consideras que estás preparado para vivir con tu pensión? ¿Qué estás haciendo el día de hoy para vivir tu retiro soñado? Si no has planeado para esa etapa de tu vida, todavía estas a tiempo. Deseas informarte sobre como complementar tu retiro, envíanos un email (Alfaro_Consultores_Patrimoniales@hotmail.com) y con gusto te asesoramos.

“No hay porque heredarles a nuestros hijos la responsabilidad de nuestra vejez. Ellos estarán más que ocupados en construir su mundo y su prioridad de vida serán ellos mismos.”

0 comentarios :

Publicar un comentario